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El Consejo de Ministros del viernes 21 de septiembre aprueba una reforma del Reglamento taurino mediante el cual los aspirantes a picadores tendrán que pasar un examen práctico, y obliga a toreros cómicos y mozos de espada a inscribirse en el registro de profesionales taurinos.
Igualmente modifica las condiciones que hasta la fecha debían cumplir las plazas portátiles –en cuanto a las dimensiones del ruedo, barrera, burladeros y callejón-, las cuales hasta esta reforma tenían que cumplir unas medidas similares a las establecidas para las plazas permanentes.
La modificación del Reglamento taurino aprobada por el Consejo de Ministros instaura por primera vez un examen práctico de los aspirantes a picadores, quienes hasta hoy no tenían ninguna obligación reglamentaria.
La prueba que establece este Real Decreto se basa en una “prueba funcional” que será realizada por las Comunidades Autónomas y evaluada por un tribunal integrado por profesionales, ganaderos y picadores de categoría B o picadores retirados. Ante dicho tribunal deberán acreditar los aspirantes su experiencia.
Por otra parte, señala la edad mínima de 16 años para inscribirse en el Registro como novillero sin picadores, rejoneador de novillos-toros y banderillero de novillos, categoría esta última que también establece y que faculta a estos banderilleros para actuar en novilladas sin picadores. Además, dictamina este R.D. que los “ayudantes del mozo de espadas” formaraán parte de la cuadrilla cuando actúen como tales.
Nota. Ampliaremos esta noticia cuando dispongamos del texto completo de este Real Decreto.
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